viernes, 26 de marzo de 2010

CSI.F DENUNCIA A LA SECRETARIA GENERAL DE PRISIONES

CSI.F DENUNCIA A LA SECRETARIA GENERAL DE PRISIONES

Claudio Esteban, Coordinador de CSI.F – Prisiones de Sevilla, denuncia la exacerbada calificación de las faltas de las que se acusan a los funcionarios del Centro Penitenciario de Sevilla – 1 afectados por la fuga de l 4 de febrero.

Una vez más CSI.F se queja ya que la Administración lejos de apoyar a sus trabajadores , lo que hace es una autentica persecución de los funcionarios en toda regla.

Los trabajadores de Prisiones, de a pie, son para la Secretaria General los únicos responsable de absolutamente todo.

CSI.F lleva mucho manifestando que las RPT de los Centros Penitenciarios no se cubren; las vacantes que se producen anualmente tampoco; y así un muy largo etc.

Claudio Esteban en nombre de CSI.F – Prisiones ha publicado en múltiples ocasiones los lamentables medios de seguridad con los que se cuentan; y la respuesta por parte de la Administración ha sido nula.

Pretende ( la Secretaria General ) cebarse en el caso de la fuga con los funcionarios, dando un castigo ejemplarizante como si del medievo se tratara.

Hay que aportar soluciones y no buscar “ cabezas de turco “.

Claudio Esteban
Coordinador de CSI.F - Prisiones

martes, 16 de marzo de 2010

Delegado de ACAIP de Moron cesado

El hasta hace pocos dias Delegado de Sevilla-2 , ( Moron ), de Acaip, cesado por decreto, ese es el sistema acaipero.

Dicho delegado estaba expedientado y encausado en el juzgado por diferentes temas, el famoso agredido de Madrid que en tantas fotos sacó la revista de ese sindicato ya no les era util.

Así que se le acabó el cogerse las noches de horas sindicales y demás maniobras de este ex.

El relevo es llevado por las nuevas generaciones, !!! habrá que ver ¡¡¡

miércoles, 10 de marzo de 2010

Condenan a dos etarras por el ASESINATO de un funcionario de PRISIONES

TERRORISMO 28 años de cárcel para Subijana y Bravo
Condenan a dos etarras por la muerte de un funcionario de Prisiones
Bravo dio información sobre Máximo Casado Porque era vecino de sus padres
Fue asesinado por ETA con una bomba lapa en los bajos de su coche en 2000
El tribunal condena A LOS Acusados por un delito de asesinato terrorista
Vasco Press Madrid
Actualizado miércoles 10/03/2010 17:10 horas
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La Audiencia Nacional ha Condenado a los miembros de ETA Juan Carlos Subijana y Zigor Bravo a 28 años de prisión por el asesinato del funcionario de Prisiones Máximo Casado y por los Daños causados Terroristas en una veintena de vehículos.
A los dos se les prohibe además aproximarse a la viuda e hija de la Víctima Durante cinco años Acudir Y a Vitoria o al lugar de residencia de los familiares.
El tribunal considera probado que Juan Carlos SubijanaAlias 'Y Txampi', 'Kepa', Y Zigor Bravo eran miembros de la organización terrorista ETA y que en el año 2000 integraban uno de los denominados de comandos de información.
Bravo conocía que en el mismo inmueble donde residían sus padres vivia el funcionario de la prisión, de Nanclares de la Oca Máximo Casado Carrera, que aparcaba su vehículo en el garaje comunitario. La información se la transmitió una Subijana, quien viajo a Francia para Facilitar los datos y la llave de acceso al garaje a miembros de la organización terrorista Dentro de una campaña de la banda armada "el carceleros y contra el poder judicial".
Así, por miembros no identificados de ETA colocaron un Artefacto explosivo del tipo lapa, Una la altura del asiento del conductor, en el vehículo del funcionario, Qué hizo explosión el 22 de octubre de 2000, Causando su muerte. Como consecuencia de la explosión, además, se generaron desperfectos en una veintena de vehículos que se encontraban estacionados en el garaje. La acción terrorista Fue reivindicada por ETA en un comunicado publicado en el diario 'Gara' el 19 de noviembre de 2000.
El tribunal considera que los de documentos intervenidos en los domicilios de los Acusados acreditan su Relación con ETA y su trabajo como informadores al Servicio de la organización terrorista. Asimismo, la Sala Rechaza Facilitar que ese tipo de informaciones Pueda absorberse por el delito de Colaboración o pertenencia a banda armada y condena A LOS Acusados por un delito de asesinato terrorista.
En su escrito, el tribunal fija la pena en la parte más alta de la mitad inferior DEBIDO a la "repugnancia especial" géneros que por su especial perversidad que la información se trasmita por persona que es o ha sido vecino de la persona asesinada, que el asesinato se produzca en las instalaciones comunes y que se Comparten Aprovechando el conocimiento que genera esta especial Relación de vecindad, Así como por la "especial cobardía del medio empleado" de 25 años de prisión.
Por el delito de Daños Terroristas les Impone la pena máxima de tres años de prisión. Asimismo, prohibe a dos los Acusados un aproximarse a la viuda e hija por cinco años ya Acudir a la capital alavesa. Los Acusados DEBERÁN indemnizar a la mujer e hija de la Víctima con € 400,000 cada una una de ellas, Y DEBERÁN abonar al Consorcio de Compensación de Seguros € 62,730. La sentencia Puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.