DENUNCIA AL MINISTRO
SR. MINISTRO DEL INTERIOR
Paseo de la Castellana 5, Madrid
Las organizaciones sindicales que encabezamos este escrito queremos DENUCIAR las graves actuaciones llevadas a cabo por los gestores penitenciarios durante el fin de semana, inhibiéndose de cumplir las normas de prevención establecidas por las Autoridades Sanitarias, la ley de Prevención de Riesgos Laborales y las medidas que ha decretado el RD 463/2020, por el que se declara el Estado de Alarma en todo el país.
Las direcciones de los centros no han querido organizar los servicios de comunicaciones exteriores para minimizar la exposición y el riesgo de contagio por el COVID-19. No se ha controlado la afluencia masiva de familiares en las salas de espera y locutorios. No se ha entregado los EPIs necesarios para proteger al personal penitenciario y que pueda realizar su trabajo en condiciones de seguridad y salud. Y lo que es más grave, decretado el Estado de Alarma y habiendo entrado en vigor la medida de restricción de movimientos y confinamiento en las casas, muchos directores continuaban autorizando la celebración de las comunicaciones por locutorio, contraviniendo el RD 463/2020, lo que constituye una grave temeridad por su parte, debiéndose depurar responsabilidades.
El personal penitenciario observa con incredulidad como otros colectivos que dependen directamente de usted disponen de mascarillas, guantes y EPI’s adecuadas, mientras que a nosotros los internos nos preguntan que por qué no llevamos mascarillas, que les podemos contagiar; la población reclusa ve continuamente en los medios de comunicación a la policía, la guardia civil o la UME con mascarillas y guantes. Por eso, señor Ministro, le agradecemos la carta que ha enviado al colectivo, pero le agradeceríamos mucho más que nos facilitase los medios adecuados para realizar nuestro trabajo de una forma segura.
Además, las organizaciones sindicales queremos trasladarle que la prioridad en estos momentos debe ser que el COVID-19 no entre en las prisiones, y pueda propagarse sin control entre la población interna, provocando daños irreparables. Por eso se deben seguir tomando medidas organizativas del trabajo, de carácter excepcional, para reducir al máximo la presencia física y los movimientos de las trabajadoras y trabajadores penitenciarios, como son las siguientes:
-Suspender temporalmente la actividad normal de OFICINAS yTRATAMIENTO, estableciendo grupos estancos de trabajadores en los quese encuentren los de alimentación, peculio, cocina, mantenimiento,
funcionarios de gestión para tramitar libertades, ingresos, salidas urgentes al hospital y el personal de tratamiento que a falta de actividades específicas debería ejercer, en la medida de lo posible, una labor informativa y pedagógica con los internos; en todo caso, el resto estará localizado y a disposición por si fuera necesaria su presencia en función de las necesidades del servicio.
-Establecer turnos haciendo uso de la flexibilidad horaria establecida con carácter excepcional por Resolución del Secretario General, de fecha 11 de marzo, compatibilizando siempre la prestación del servicio público con las medidas para minimizar el riesgo de contagio y propagación del virus.-La dotación a todo el personal que tiene que mantener, obligatoriamente, contacto con los internos, con los equipos de protección oportunos: como mínimo mascarillas quirúrgicas y guantes de nitrilo, y en caso de contacto con infectados mascarillas FFP2, batas, protecciones oculares y guantes, con el fin no sólo de proteger al personal y la población penal del COVID-19, sino asimismo trasladar un mensaje de tranquilidad y seguridad a la población reclusa que no entiende por qué el funcionariado no se protege para no contagiarles.-Designar personal con funciones de carácter crítico o prioritaria que son los que garantizarán la continuidad de las funciones básicas de la SGIP (el personal directivo, sanitarios, vigilancia, mantenimiento, peculio, alimentación y gestión) que son los que necesariamente accederán cada día a los centros penitenciarios. Este colectivo debe tener instrucciones precisas de cómo actuar, limitar los contactos estrechos al mínimo indispensables y estar dotados de EPIs cuando la realización de sus funciones lo requiera.-Incorporación del personal en prácticas OEP 2019.-Permitir que los internos se puedan permanecer voluntariamente en sus celdas, reduciendo la afluencia y el tiempo de permanencia en patios y zonas comunes.-Extremar las medidas de higiene y limpieza de las unidades. Se elaborarán hojas informativas para entregar a los internos.
En Madrid,
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