3º.- Pues bien, el coronavirus está donde están las personas,
donde habitan y donde trabajan, por lo que se hace necesario,
además de una escrupulosa limpieza, la desinfección general y
diaria de todos los lugares, locales, equipos, instalaciones y
elementos del centro de trabajo, prestando especial atención a
todas las superficies con las que los trabajadores puedan entrar en
contacto, independientemente que sean puestos de trabajo
unipersonales o no, estén ocupados las 24 h. del día los 365 días al
año o no, o que se trate de departamentos o locales interiores o
exteriores.
4º.- Que el producto a utilizar en dichas limpiezas debe ser el que
recomienden las autoridades sanitarias por su mayor capacidad de
desinfección.
5º.- Que los Centros Penitenciarios tengan previsto con empresas
especializadas la limpieza de las zonas contagiadas consistentes
en nebulizar esas zonas con agua con desinfectante.
En su virtud,
SOLICITA se sirva admitir este escrito y, en suma, ordenar
una escrupulosa limpieza y desinfección de las dependencias,
locales y puestos de trabajo de los servicios centrales y periféricos
de la Administración Penitenciaria, al objeto de evitar o minimizar el
riesgo de contagio del coronavirus entre los profesionales de la
Institución y se tenga previsto la limpieza con empresas
especializadas de las zonas contagiadas.
En Madrid, a 16 de marzo de 2020
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