domingo, 16 de noviembre de 2014
viernes, 14 de noviembre de 2014
Se gana otra sentencia de invalidez
UNA SENTENCIA CONCEDE LA INCAPACIDAD PERMANENTE AL FUNCIONARIO AGREDIDO EN
EL C.P. DE SEGOVIA HACE SEIS AÑOS.
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia
de Castilla y León ha declarado al funcionario del Centro Penitenciario de
Segovia que sufrió una agresión por parte de un interno mientras se encontraba
prestando sus servicios propios de su cargo de funcionario de vigilancia, en
situación de jubilación por incapacidad permanente total para la función
habitual.
El fallo del Tribunal, defendido por la Asesoría Jurídica de CSI·F Segovia,
contempla que la agresión provocó en el funcionario un trastorno de estrés
postraumático crónico y que la adquisición de dicho trastorno está relacionada
directamente con la agresión sufrida en el Centro Penitenciario de Segovia el
17 de octubre de 2008.
Los hechos ocurrieron el 17 de octubre de 2008 cuando el funcionario que se
encontraba prestando servicio en el Módulo 5 – 6 del Centro Penitenciario de
Segovia y, estando en el comedor durante la hora de la comida de los internos,
fue agredido por uno de ellos, asestándole varios pinchazos con un pincho de
fabricación casera y múltiples golpes con la bandeja de la comida, patadas y
cabezazos. El funcionario fue atendido en un primer momento por los Servicios
Médicos del Centro y, posteriormente, trasladado al Hospital General de Segovia
con el diagnóstico de “lesiones múltiples”.
Desde el sindicato se alegran de la resolución de la sentencia y quieren
que esta agresión no sea una más y han intentado a través de escritos
concienciar a la Secretaría General de II.PP. para abordar la lacra que suponen
“las agresiones en los centros penitenciarios”, que en la mayoría de los casos
pasan en silencio, sólo con el desgarrador relato y sufrimiento de los
compañeros agredidos y de sus familias, y con el silencio como única
contestación de la Administración Penitenciaria, demostrando una gran falta de
sensibilidad.
Aunque la Administración General de Estado está desarrollando un Protocolo
de actuación frente a la violencia en el trabajo a instancia de CSIF, la
Administración Penitenciara sigue en su afán de oscurantismo y falta de
transparencia intentando quedar fuera de este procedimiento.
En los últimos siete años, en el Centro Penitenciario de Segovia se han
registrados 36 agresiones.
viernes, 17 de octubre de 2014
ACUSO, acaip-uso , MIENTE Y NO PAGA
ACUSO, acaip-uso, miente y no paga a los compañeros de Sevilla suspendidos .
Según manifestaciónes públicas de uno de los afectados, les mienten y NO pagan, esa es la política sindical de ACUSO , la falsedad aireada en muchos papeles de colores , pero sólo eso es lo que vale la palabra de ACUSO papeles de colores.
sábado, 27 de septiembre de 2014
CSIF denuncia a la direccion de Sevilla 1
Sevilla.- CSIF denuncia a
la dirección de la cárcel de Sevilla-I por "incumplir" las normas de
salud laboral
SEVILLA, 27 (EUROPA PRESS)
El sindicato CSIF ha
denunciado a la dirección de la cárcel de Sevilla-I por "incumplir
multitud" de normas en materia de salud laboral, todo ello a pesar de que
ha sido "advertida y avisada, en tiempo y forma, por varios delegados de
prevención de riesgos laborales, de las extralimitaciones e ilegalidades que
comete".
De este modo, el coordinador de Prisiones de CSIF en Sevilla, Claudio Esteban, ha criticado en declaraciones a Europa Press la "pseudo autarquía con la que funciona" la dirección del centro penitenciario referido "con gran desprecio a la legalidad y a las personas que la representan".
En este sentido, Claudio Esteban ha insistido en que la dirección de la cárcel de Sevilla-I "pone en riesgo la salud de los trabajadores aunque se le avise, que no hay porqué, ignorando notificaciones y todo tipo de normas referentes a este tema".
Así, el dirigente sindical ha puesto de manifiesto que, en esta cárcel, se han llevado a cabo varias obras sin que las mismas "hayan sido notificadas al Comité de Prevención, como es preceptivo, consiguiendo agravar las condiciones laborales de los trabajadores".
Esteban ha anunciado que el
sindicato "se reserva la posibilidad de acometer acciones legales en
defensa de los trabajadores" del centro penitenciario, ya que "es
realmente increíble que la Secretaría General mantenga en el puesto a quien trasgrede
la legalidad de forma continua y repetitiva".
sábado, 20 de septiembre de 2014
martes, 9 de septiembre de 2014
CSI.F denuncia al Director de la prision de Sevilla
AL
SR. DIRECTOR DEL C.P. SEVILLA
Los responsables en el C.P.
Sevilla del Sector de II.PP. de la
Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI·F), sindicato más
representativo en las Administraciones Públicas , comparecen y
EXPONEN
1º.- Que a tenor de
Acuerdo del Consejo de Dirección relativo
al horario general del Centro, el horario de los escasos efectivos de
vigilancia para la comida coincide plenamente con las actividades fijadas a las
15,30 como hora de inicio de las mismas.
2º.- Que la coincidencia de
ambos horarios, ya puesta de manifiesto al Sr. Director en otras ocasiones,
hace que nos permita afirmar que es materialmente imposible hacer compatible o
armonizar: a) el derecho de los trabajadores consagrado en el apartado 6.1.2 de
la Instrucción 3/2013, b) el relevo de éstos para hacer efectivo este derecho, c)el
horario de inicio de los internos de la
actividad antes citada y d) el cumplimiento de las medidas de seguridad y
funciones encomendadas a los trabajadores del área de vigilancia de la
Institución.
3º.-
Que según el Artículo 271.1 del vigente
Reglamento Penitenciario, corresponde al Consejo de Dirección la función de “Supervisar e impulsar la actividad general del Centro Penitenciario”.
4º.- Que el art. 280.1 del citado cuerpo legal establece
que “El
Director de un centro penitenciario (…) es el obligado, en primer término, a
cumplir y hacer cumplir las Leyes, Reglamentos y disposiciones en general y
especialmente las que hacen referencia al servicio”. Y añade
este precepto en su apartado 2.4ª, que corresponden
al Director las siguientes atribuciones:
” En relación con los empleados públicos destinados en el centro:
a) Organizar
y asignar la realización de los distintos servicios”.
5º.- Que, a mayor
abundamiento, el Subdirector de Seguridad (puesto
actualmente vacante) es el responsable de la organización y gestión
ordinaria de los servicios del área de
vigilancia, bajo la dirección y
supervisión del Director, de acuerdo con sus instrucciones (según
se desprende del art. 281 del citado Reglamento).
6º.- Que del art. 283 del vigente Reglamento Penitenciario obliga al Jefe de Servicios a coordinar los servicios del área de
vigilancia bajo la dirección y supervisión de los mandos del
centro (es
decir, cumpliendo y haciendo cumplir las Órdenes de Dirección, Instrucciones,…,
-art. 21 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común- a las que todos estamos obligados y sometida su actuación
al escrutinio de sus superiores), y adoptará provisionalmente (es
decir, que se hace con carácter temporal, de forma limitada y no duradera en el
tiempo, no permanente desde ahora en adelante) las medidas indispensables para
mantener el orden y el buen funcionamiento de los
servicios, dando cuenta de ellas al Director, como no podría ser de
otra manera.
En su
virtud
SOLICITAMOS que, para subsanar
la disfunción en la organización del servicio que se objeta y no poner en
riesgo uno de los fines de la Institución como es la retención y custodia de
los detenidos, presos y penados, se publique un nuevo Acuerdo del Consejo de
Dirección o, en su defecto, una nueva Orden de Dirección, por la que modifique el horario de salida de los
internos de los módulos de residencia para el inicio de la actividad reseñada–cuyo
desarrollo, como ya se ha indicado, coincide plenamente con el disfrute del
derecho reconocido en el apartado 6.1.2 en la citada Instrucción- pues, como a
nadie se le escapará, la comida de los trabajadores de la Institución no se
realiza en el módulo donde se presta servicio, sino que tiene lugar en la
cafetería del Centro Penitenciario o en los espacios habilitados para ello.
En Sevilla, a 9 de septiembre del 2014
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