martes, 21 de febrero de 2017

CSIF no firma el calendario laboral de Sevilla-I por la "sinrazón" del director de la cárcel

 CSIF no firma el calendario laboral de Sevilla-I por la "sinrazón" del director de la cárcel 

El sindicato CSIF no ha firmado el calendario laboral de la cárcel de Sevilla-I ante la "sinrazón" y la "imposibilidad" de acordar "absolutamente nada" con el director de este centro penitenciario, Jesús Miguel Garrido. 

 EUROPA PRESS. 21.02.2017 El coordinador de Prisiones de CSIF en Sevilla, Claudio Esteban, ha señalado en declaraciones a Europa Press que el responsable de la cárcel no admitió "propuesta alguna" por parte de los sindicatos e impuso "criterios inasumibles por los trabajadores". 

En este sentido, asevera que "la imposición de su voluntad, voluble e inquisitoria, en todo momento, es lo único que planeó en aquella convocatoria de reunión que estaba obligado por ley a hacer".

 Claudio Esteban, así, asegura no poder entender que sea "el único director de prisiones de las cinco existentes en Sevilla que se niega a recibir a los delegados sindicales en todo momento". 

"INTRANSIGENTE"

 Después de haberse firmado los respectivos calendarios laborales en el resto de los centros penitenciarios de Sevilla "sin mayor problema", con el director de la prisión de Sevilla-I, "una vez más y siendo previsible, nos ha sido tajantemente imposible".

 De esta manera, precisa que, una vez "agotado el mitin-reunión en el tiempo, nos levantamos haciendo constar en acta nuestro total desacuerdo y la no rúbrica y posterior comunicación" a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias de la postura del sindicato "ante tal muro intransigente".

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/2965651/0/csif-no-firma-calendario-laboral-sevilla-i-por-sinrazon-director-carcel/#xtor=AD-15&xts=467263

lunes, 13 de febrero de 2017

Un funcionario de prisiones agredido

Un funcionario de prisiones agredido al tratar de mediar en una pelea entre reos 

 Un funcionario de prisiones agredido al tratar de mediar en una pelea entre reos 
Publicado 13/02/2017 14:46:31CET ALMERÍA, 13 Feb. (EUROPA PRESS) - 
Un funcionario empleado en el centro penitenciario de El Acebuche en Almería ha resultado herido de carácter leve tras intentar mediar en una pelea entre internos en una de las celdas, de forma que tuvo que ser atendido por los médicos del centro antes de ser derivado a un centro hospitalario de la capital. 

miércoles, 8 de febrero de 2017

Cinco Funcionarios heridos en Daroca

CSIF advierte de que incidentes como el de prisión Daroca volverán a repetirse El sindicato denuncia que los funcionarios no cuentan con una formación especial que les permita hacer frente a estas situaciones. Efe. ZaragozaActualizada 06/02/2017 a las 18:57Etiquetas Daroca El sindicato CSIF asegura que incidentes como el registrado el pasado sábado en Daroca, en el que cinco funcionarios resultaron heridos tras ser atacados por un preso, no son infrecuentes y volverán a repetirse en cualquier centro penitenciario del país. Así lo ha asegurado el delegado de esta organización sindical en la prisión de Daroca, Alfredo Álvarez, quien ha explicado que los funcionarios que se vieron involucrados en el incidente sufren lesiones leves y se encuentran bien. Ha explicado que la "gravedad" de lo ocurrido se deriva, sin embargo, de la frecuencia con la que se producen este tipo de incidentes en los distintos centros penitenciarios del país, sin que los funcionarios cuenten con una formación especial que les permita hacer frente a estas situaciones. Álvarez ha afirmado que la problemática existente no se deriva sólo de la falta de un protocolo específico para la prevención de agresiones en las cárceles que proporcione formación y recursos materiales, sino de la ausencia de iniciativas por parte de la administración penitenciaria para completar las plantillas. A este respecto, ha destacado que en la actual coyuntura, con un progresivo descenso de la población penitenciaria, no se cubren las plazas que quedan vacantes por jubilación u otros motivos, lo que genera inseguridad a la hora de desempeñar la labor encomendada en el interior de las prisiones. Ha comentado, sin embargo, que en el centro de Daroca tienen "suerte", ya que la plantilla no se ha reducido como en otras prisiones del país, pero se ha mostrado convencido al tiempo que la situación de las prisiones favorecerán nuevos incidentes en poco tiempo. La ausencia de una formación adecuada es una de las mayores preocupaciones del CSIF y de otras formaciones sindicales representadas en los centros al afectar directamente a la seguridad de los funcionarios. "El problema es que una vez que el funcionario de prisiones gana su plaza, su formación real se produce en el patio del centro al que es destinado", ha añadido. Por otra parte, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias no ha respondido a la petición de la Agencia Efe de información referida al incidente registrado en Daroca ni lo ha confirmado.

viernes, 3 de febrero de 2017

Condenado a 8 meses de prisión por amenazas reiteradas a funcionarios de prisiones

Posted: 01 Feb 2017 03:41 AM PST El hombre deberá volver a la cárcel donde se ejecutaron estas amenazas ya que el titular del juzgado ha denegado al condenado la suspensión de la ejecución de la pena. El magistrado considera probado que el acusado, en la mañana del 25 de julio de 2014 en el Centro Penitenciario de Pamplona, donde se encuentra cumpliendo condena, mientras estaba siendo sometido a un cacheo por parte de dos funcionarios se dirigió a ellos con expresiones como “Porque cojones me vais a cachear si no soy un traficante, estoy aquí por pegar a mi mujer, os creéis policías y solo sois mierdas de funcionarios, racistas de mierda. Me quedan dos meses de condena y cuando salga os voy a clavar”. Relata la sentencia que “cuando se presentó en el lugar el Jefe de Servicios volvió a decir delante de él expresiones como “Torturadores, asesinos, os voy a denunciar a todos. Sois unos payasos. Me quedan dos meses para salir y os voy a matar a todos”. Una vez fue metido en una celda siguió gritando expresiones como “Sois unos hijos de puta. Os va a pasar como a los que le metieron tres puñaladas a mi padre. Os voy a matar a todos”. Poco después, “sobre las 9,20 horas del día 25 de julio de 2014, en el mismo Centro Penitenciario, el acusado en presencia del Jefe de Servicios y varios funcionarios les dirigió expresiones como “Necesitáis mas gente para tocarme, tengo mejor cuerpo que vosotros y voy a reventaros”, ello mientras señalaba con el dedo y miraba fijamente a cada uno de los funcionarios que se encontraban en el lugar. El acusado siguió gritando y profiriendo expresiones como las señaladas mientras lo trasladaban a un celda y una vez en el interior de la misma gritaba, daba patadas, golpes a la puerta y volvía a repetir “hijos de puta, cuando os pille en la calle os voy a dar una paliza a todos”. El acusado hacía caso omiso a los requerimientos de los funcionarios para que depusiera de su actitud. A las 14 horas como seguía en dicha actitud se le aplico contención mecánica y en ese momento dijo “que ya estaba harto de Sr. Funcionario por aquí, Sr. Funcionario por allí, que sois unas mariconas y en la calle si me cruzo os mato” y en concreto refiriéndose a los funcionarios que le habían cacheado esa mañana dijo que “los iba a matar por sus hijos”. También añadía expresiones como “que iba a matar a todos cuando estuviera en la calle y también a sus familias y que no se iba de allí sin matar a un funcionario”. A las 17,30 horas vuelve a decir a dos funcionarios que había pertenecido al ejército Colombiano “dando plomo a los insurgentes, no como vosotros que sois una mierda de carceleros que solo sabéis vigilar, yo con un M16 os mato a todos”. Además este hombre “en la noche del 25 al 26 de julio estuvo toda la noche gritando, “Funcionarios hijos de puta, soltadme que os voy a matar”, golpeando con los dispositivos de retención por lo que impedía el descanso de los demás internos que estaban en el módulo y perturbaba el orden del mismo, sin hacer caso de las ordenes de los funcionarios para que depusiera de su actitud. Durante todo el día 27 de julio de 2014, el acusado todas las veces que tuvo que dirigirse a alguno de los funcionarios dijo “Abusones, hacéis lo que os da la gana, no sabéis lo que es un negro con un cuchillo, sueño con pillar al funcionario grande que me ató, Pamplona es pequeño, me veréis otra vez en la cárcel nada mas pille a uno de vosotros”. Igualmente en la noche del 27 al 28 de julio, además de numerosas amenazas a los funcionarios que estaban de servicio, gritaba reiteradamente que “soñaba con pillar al Funcionario alto que lo ató”, expresión que decía con rabia y como si estuviese obsesionado con ello. Para el juzgado “las expresiones amenazantes contra los funcionarios en general y contra alguno de ellos en particular hizo que estos terminaran por sentir que el acusado estaba realmente pensando en realizar algún acto de los que anunciaba”.

lunes, 23 de enero de 2017

Reconocimiento Agente de Autoridad a Funcionarios de Prisiones

AL GRUPO PARLAMENTARIO DE CIUDADANOS DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI•F), sindicato más representativo en las Administraciones Públicas, asiste con inquietud y preocupación ante el insoportable y continuo incremento de agresiones (físicas y verbales) que sufren los empleados públicos en los establecimientos penitenciarios. El Grupo Parlamentario al que nos dirigimos registró en el Congreso una Proposición No de Ley para incluir a los trabajadores de Instituciones Penitenciarias dentro del protocolo de actuación frente a la violencia en el trabajo en la AGE y los organismos públicos dependientes o vinculados a ella, lo que demuestra una especial sensibilidad hacia los problemas de los empleados públicos de Instituciones Penitenciarias (II.PP.). Es precisamente su comprensión hacia esta problemática de nuestro colectivo lo que, nuevamente, nos mueve a plantearles la siguiente petición: el Reconocimiento como agente de la autoridad a los funcionarios penitenciarios. Por tanto, solicitamos el reconocimiento como agente de la autoridad a los empleados públicos penitenciarios, tal y como sucede con los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, el personal docente y el sanitario, etc., para disponer de una mayor protección jurídica y con el fin de que el testimonio sea válido como prueba y que disminuya la sensación de impunidad que tienen los trabajadores penitenciarios ante las agresiones. Nadie duda del ejercicio de autoridad que los funcionarios de prisiones han de ejercer en el interior de los Establecimientos Penitenciarios, pero lo cierto es que NINGUNA NORMA LES CONCEDE RANGO DE AUTORIDAD NI DE AGENTES DE LA AUTORIDAD, lo que tiene importantes consecuencias no sólo jurídico-penológicas, sino de desigual tratamiento en el reconocimiento social de su labor y en último término de descrédito, desafección y mala conciencia sobre el Sistema Penitenciario Español, instrumento de ejecución de penas y medidas de seguridad, fundamental para nuestro Estado Social y Democrático de Derecho. También con importantes consecuencias prácticas en cuanto a la presunción de veracidad de los hechos que en el ejercicio de sus funciones constatan -partes de hechos informativos, partes de hechos que inician un procedimiento disciplinario, etc.-. En efecto, no se entiende el empecinamiento de los sucesivos legisladores y Administraciones Públicas en nuestro periodo democrático en tratar de dar una consideración jurídica y funcional al funcionario penitenciario idéntica a la del funcionario general, cuando es obvio que sus funciones difieren notablemente. De entrada con sólo pensar en una de las funciones esenciales de aquel como es la de retención y custodia de presos y penados (sin olvidar la primordial de reeducación y reinserción social). En la última reforma del Código Penal (por LO 1/2015 de 30 de marzo, en vigor desde el 1 de julio) vuelve a omitir una referencia expresa al reconocimiento expreso como agentes de la autoridad de todos los funcionarios públicos penitenciarios. Pero sin embargo otorga un tratamiento similar al de agente de la autoridad a los funcionarios docentes y sanitarios. El legislador, con esta novedad, complica más el asunto pues no hay que olvidar que en las prisiones españolas trabajan funcionarios sanitarios y funcionarios docentes. ¿Acaso no se incurre en una clamorosa contradicción legal y laboral, sin entrar en vulneración del derecho de igualdad constitucional? Los problemas no acaban ahí, porque el art. 551 del CP cuando dice que “Se impondrán las penas superiores en grado a las respectivamente previstas en el art. anterior (que regula el tipo básico) siempre que el atentado se cometa … 4º cuando los hechos se lleven a cabo con ocasión de un motín, plante o incidente colectivo en el interior de un centro penitenciario”, no está haciendo un reconocimiento abierto tampoco a la condición de agente de la autoridad del funcionario de prisiones, planteando por otro lado un supuesto muy residual, afortunadamente, en nuestras prisiones. Los profesionales penitenciarios sabemos que la inmensa mayoría de los “atentados” que sufrimos en las prisiones no derivan de motines, plantes o incidentes colectivos, sino de quehaceres más rutinarios. Por si fuera poco, la confusión o perplejidad se agrava cuando el art. 554 CP (castigado con las mismas penas por los atentados sufridos) considera tácitamente como agentes de la autoridad a: miembros de las Fuerzas Armadas uniformados, a las personas que acudan en auxilio de aquellos, a bomberos, miembros del personal sanitario o equipos de socorro, incluso personal de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. A mayores de lo dicho, no se incluye como sujeto pasivo del delito previsto en el artículo 556 del CP a los funcionarios públicos y, por extensión, a los de Instituciones Penitenciarias, lo que nos resulta intolerable. En Madrid, a 18 de enero de 2017

domingo, 22 de enero de 2017

NO AL CIERRE DE LA MODELO

Los sindicatos de trabajadores penitenciarios de Catalunya temen que el futuro cierre de la prisión Model de Barcelona, que puede ser este mismo año 2017, suponga una mayor conflictividad en otros centros penitenciarios, donde aumentará la ocupación, ahora relativamente baja. Tampoco quieren que el traslado de los funcionarios e interinos de la prisión del Eixample suponga cambios de ubicación no voluntarios de los trabajadores de las otras prisiones, y alertan de que se podría perjudicar la carrera profesional de algunos de los empleados públicos. Aunque el conseller de Justícia, Carles Mundó, aseguró este jueves que no habrá ningún despido, los representantes sindicales no se lo acaban de creer, y le recriminan que el departamento no los haya informado oficialmente de las fechas de los traslados o de cómo se reubicarán los trabajadores públicos. Desde el sindicato CSIF, mayoritario en el sector, el responsable de prisiones, Juan Luis Escudero, ha asegurado a la ACN que ya ha habido centros penitenciarios, como Brians 1, a los que se ha notificado internamente que a partir de febrero llegarán los primeros internos preventivos. Escudero interpreta esta orden interna como una muestra que la Model cada vez recibirá menos presos, y estima que en julio el centro penitenciario de preventivos de Barcelona podría dejar definitivamente de funcionar. Ante la falta de información oficial, sin embargo, reclama al departamento que no "engañe" a los trabajadores y exponga cuál será el calendario concreto de cierre de la Model. Harían falta reformas En los centros penitenciarios de Brians 1 y 2, en Sant Esteve Sesrovires (Baix Llobregat), esta falta de información concreta genera "desconfianza" e "intranquilidad" entre los trabajadores, que están a la expectativa de saber cómo se traducirá el posible traslado de presos preventivos. Desde Brians 1, Ivan Buendia, del sindicato CSIF, confirma que el centro tiene espacio libre para acoger parte de los internos derivados de la Model, pero advierte que hay varias celdas inoperativas porque los últimos años no se han hecho tareas de mantenimiento. En este sentido, el representante sindical en Brians 2, Alberto Gómez, también alerta de los riesgos de llenar todas las plazas libres con internos trasladados, ya que cree que se puede llegar a la "masificación". Gómez recuerda que años atrás se dio esta situación en centros como Quatre Camins y Brians, y asegura que eso sería "alarmante" porque se dispararía la conflictividad. "Si tienen que desnudar a un santo para vestir otro, tendremos un problema", concluye. Ampliar el departamento Por otra parte, los representantes de los trabajadores de Brians 1 y 2 coinciden en decir que el traslado de los internos preventivos requeriría una reestructuración de diferentes áreas de trabajo de los centros penitenciarios. Buendia ha puesto como ejemplo el departamento de control de entradas y salidas a Brians 1, donde dice que sería "absolutamente necesario" habilitar un turno de noche, actualmente inexistente. También asegura que se tendría que ampliar el departamento de ingresos, ya que cuestiona que pueda absorber un volumen de trabajo más elevado. Al mismo tiempo, los trabajadores recelan de la redistribución de los internos en Sant Esteve Sesrovires por el incremento de gastos que habrá en desplazamientos a la Ciutat de la Justícia de Barcelona para acudir a las citaciones judiciales, teniendo en cuenta que la distancia es muy superior a la de la Model. Finalmente, temen que el cierre del centro de preventivos de Barcelona también repercuta en los trabajadores públicos interinos, los cuales prevén que serán despedidos para poder ofrecer plazas a los funcionarios de la Model, a quien la Generalitat tendrá que trasladar para preservarles el puesto de trabajo. Para evitar todas estas situaciones, exigen que el cierre de la Model vaya acompañado de la construcción del nuevo centro penitenciario de la Zona Franca.

lunes, 16 de enero de 2017

PECULIO

A LA SECRETARÍA GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS C/ Alcalá 38-40, Madrid 28014 La Central Sindical Independiente y de Funcionarios, CSI•F, Sindicato más representativo en las Administraciones Públicas, con CIF-79 514378, por medio del presente escrito y por los motivos que se expresan, eleva la siguiente RECLAMACIÓN: 1º.- Que el pasado 30 de julio se publicó en el BOE la Resolución de la Subdirección General de Servicios Penitenciarios por la que se convoca licitación pública para la contratación del servicio de gestión de las cuentas bancarias de Administración, Haberes y Peculio de los Servicios Centrales y Periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, si bien meses después ha tenido que declararlo desierto, después de que a la licitación no se presentara ninguna entidad bancaria. El contrato se licitó como “negociado con publicidad” y pretendía adjudicar la gestión de 3 grupos de cuentas, siendo una de ellas la destinada a la “gestión de peculio.” 2º.- Que por la Instrucción 1/2017, de 2 de enero, de la Secretaria General de II.PP., relativo al Depósito de dinero en la cuenta de peculio de los internos a través del sistema de ventanilla en los centros penitenciarios, primero, acuerda que por parte de los responsables de los Centros Penitenciarios se dispondrá de los medios personales y recursos necesarios para asegurar el efectivo funcionamiento de las ventanillas en los establecimientos penitenciarios que, en horario suficiente y especialmente durante las visitas, posibilite a las personas autorizadas realizar ingresos en el fondo de peculio de los internos y, segundo, acuerda igualmente que se proceda a remover los obstáculos que impidan la adecuada custodia de los montantes generados por los ingresos en efectivo, a través de las referidas ventanillas, en el Fondo de Peculio. 3º.- Debemos destacar que, como ha denunciado repetidamente esta Organización Sindical, el déficit de personal en las instituciones penitenciarias es clamoroso y las funciones que ha de realizar el personal han aumentado con nuevos cometidos (por ejemplo, el R.D. 840/2011, de 17 de junio, relativo a la ejecución de penas de trabajo en beneficio de la comunidad y de localización permanente y de la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad), por lo que el trabajo no disminuye pero los empleados públicos sí. 4º.- La experiencia nos indica que el volumen de dinero metálico que se recoge a través de la “ventanilla” es importante y generador de dificultades como: a) Un primer asunto que se nos plantea es que el realizar operaciones con dinero en efectivo tiene el riesgo añadido de que puedan ocurrir errores que den lugar a que, a la hora de hacer caja, pueda existir un desajuste negativo en las cuentas. ¿Por qué se dan estos desajustes? Por errores en cobros y pagos o pérdidas involuntarias de dinero. Lógicamente, estamos hablando de algo involuntario, sin querer. En estos casos pueden pasar dos cosas, que la Administración asuma la falta o que lo haga el trabajador. En el último caso y si esto fuese así, el trabajador debería recibir un complemento especial (similar al complemento de quebranto de caja, también conocido como quebranto de moneda) que compensa el riesgo que se puede dar en estos casos. b) Un segundo problema es el de la moneda falsa o el de la procedencia de los ingresos en efectivo, por lo que su verificación que no puede corresponder al empleado público penitenciario. c) Tampoco se puede asegurar que el ingreso en efectivo recibido por ventanilla procede de personas autorizadas o no. d) La premura, el poco tiempo y precipitación de la Instrucción 1/2017 para que los responsables de los centros arbitren soluciones para asegurar el funcionamiento de las citadas ventanillas, puede dar lugar a soluciones improvisadas para un asunto tan importante como es el de la recepción de ingresos en efectivo. Por tanto, SOLICITAMOS: 1º.- Que se suspenda la entrada en vigor de la referida Instrucción 1/2017 hasta que la Secretaría General de II.PP. no proporcione los medios personales adecuados y los recursos necesarios para asegurar el efectivo funcionamiento de las ventanillas de los establecimientos penitenciarios, según preceptúa el art. 14 de la L. O. 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, que establece: La Administración penitenciaria velará para que los establecimientos sean dotados de los medios materiales y personales necesarios y cumplimiento de sus fines. 2º.- Que se proporcione al departamento encargado del cometido al que se refiere la precitada Instrucción de TPV o un mecanismo análogo que permitan el ingreso con tarjeta bancaria y con cargo en cuenta, o, subsidiariamente, que se proporcione al citado departamento: efectivos suficientes, una caja fuerte, un detector automático de moneda falsificada y se acondicione el lugar de trabajo del encargado de la recepción del efectivo metálico conforme a la importancia y características del cometido encomendado. 3º.- Que, como se ha indicado, el realizar operaciones con dinero en efectivo tiene el riesgo añadido de que puedan ocurrir errores involuntarios que den lugar a que, a la hora de hacer caja, pueda existir un desajuste negativo en las cuentas; pues bien, cuando exista este desajuste negativo, la Administración deberá asumir la falta. Si la citada falta debiera ser asumida por el empleado, éste deberá recibir un complemento especial (similar al complemento de quebranto de caja, también conocido como quebranto de moneda) que compensa el riesgo que se puede dar en estos casos.